Martes 22 de Septiembre de 2015, 10:36

El DEM promulgó Ordenanza del HCD que autorizó el loteo

| El martes 15 sesionó el HCD y el oficialismo logró se autorice la segunda etapa del loteo de un inmueble sobre calle Libertad, destinando lo que se recaudade a financiar obras públicas. La norma fue promulgada este 21 de septiembre.


[b]ORDENANZA Nº 424-2015 [/b] [b]EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BASAVILBASO Sanciona con Fuerza de: O R D E N A N Z A[/b] [b]ARTÍCULO 1º):[/b] INCORPORASE al sistema de venta directa dispuesto por la Ordenanza N° 35/2003 y modif. con las variaciones que en la presente se plantean, un inmueble identificado en el plano y/o croquis adjunto que como Anexo I se agrega y forma parte útil y legal de la presente, inmueble de propiedad de la Municipalidad de Basavilbaso, que se describe a continuación, a saber: Provincia de Entre Ríos - Departamento Uruguay - Distrito Genacito - Municipio de Basavilbaso - Planta Urbana - Manzana N° 1169 - Domicilio Parcelario: calle Libertad entre av. L. N. Alem y calle Dr. Grieve - Partida N° 152.155 - Plano N° 61164 - Superficie 1.600 mts2.- [b]ARTÍCULO 2°):[/b] APRUEBASE el loteo parcial del inmueble detallado en el artículo anterior y la tasación de los lotes confeccionada que en ANEXO II se adjunta y forma parte útil de la presente.- [b]ARTÍCULO 3º):[/b] EXCEPTUASE para esta Ordenanza, la aplicación del art. 3° de la Ordenanza 35/2003 en lo referido a la intermediación en las operaciones de venta de los lotes correspondiente al inmueble referido en el artículo 1° de la presente.- [b]ARTÍCULO 4º):[/b] DISPONESE que en los boletos de compra-venta que se celebren sobre el inmueble descripto en el Artículo 1°), podrá pactarse la venta al contado o en cuotas, hasta un máximo de quince (15), cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con los intereses previstos en la Ordenanza tributaria vigente. En ningún caso, el comprador, podrá realizar una entrega menor al treinta por ciento (30%) del valor total de cada uno de los lotes, siendo el boleto de compraventa que oportunamente se suscriba, intransferible.- [b]ARTÍCULO 5º):[/b] DISPONESE que las construcciones deberán adecuarse a los requerimientos que establezcan las normativas en materia de seguridad, uso de suelo y reglamentos de edificación.- [b]ARTÍCULO 6º):[/b] COMUNÍQUESE, regístrese, dése a conocimiento y oportunamente archívese.- Dada en Sala de Sesiones Pte. Juan D. Perón, Basavilbaso 15 de Septiembre de 2015.- El DEM, mediante el [b]DECRETO 2740/15[/b], promulgó la ORDENANZA el día 21 de septiembre. La propiedad está en la Manzana 1169 sobre la calle Libertad entre Alem y Grieve, de 1600 metros cuadrados, y se autorizó a fraccionar en 8 lotes de 200 metros cuadrados cada uno y un valor estimado de $116 mil cada uno.