Viernes 14 de Junio de 2013, 02:09

El HCD, por iniciativa del bloque radical, analiza prohibir el "f

| Tomó estado legislativo una iniciativa del bloque radical que pretende se prohíba expresamente la fractura hidráulica -proceso de inyectar agua, arena y productos químicos en la tierra para romper la roca y sacar el petróleo o gas-.

Para los ediles del centenario partido "está demostrado" que la explotación de yacimientos no convencionales a través de la metodología "experimental" denominada Fractura Hidráulica". Que esta práctica, conocida como "Fracking", conlleva a una serie de impactos ambientales, algunos de los cuales aún no están plenamente caracterizados o comprendidos, entre ellos "contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, contaminación atmosférica, emisión de gases de efecto invernadero (metano), terremotos (sismicidad inducida), contaminación acústica e impactos paisajísticos". Los Concejales hacen notar desde su iniciativa, que fue girada a Comisión para su estudio, "que se debe tener en cuenta los relacionados con el tráfico de camiones para transportar productos químicos altamente peligrosos, el consumo de agua dulce y la ocupación del territorio". Pero además apuntan a que "el proceso de fractura hidráulica consume enormes cantidades de agua. Se ha calculado que se requieren entre 15.000 y 30.000 metros cúbicos de agua solo para iniciar las operaciones de un solo pozo. Esto podría causar problemas con la sostenibilidad de los Bienes Públicos Naturales en una ciudad como la nuestra en la cual el abastecimiento de este vital elemento no es ni en calidad ni en cantidad suficiente para cubrir las necesidades de la población". "Se sabe muy poco de los peligros ambientales asociados con los productos químicos que se añaden a los fluidos usados para fracturar la roca, productos que equivalen a un 2% del volumen de esos fluidos. De hecho, en EE.UU. (el país con más experiencia hasta ahora, aunque muy reciente, con estas técnicas), esos productos están exentos de la regulación federal y/o la información sobre ellos está protegida debido a intereses comerciales. Se sabe que hay al menos 260 sustancias químicas presentes en alrededor de 197 productos, y algunos de ellos se sabe que son tóxicos, cancerígenos o mutagénicos. Estos productos pueden contaminar el agua debido a fallas en la integridad del pozo y a la migración de contaminantes a través del subsuelo", afirman los legisladores en el proyecto contenido en el Expediente Nº000.613/12 L.02 Fº 01. Silvina Pérez, Estela Temón y Raúl Ascaino sostienen que los productos químicos que se utilizan en la fractura hidráulica son transportados a través de camiones por rutas y calles cercanas a zonas pobladas, lo cual es "un riesgo permanente y de desconocido desenlace en caso de un accidente". Además de señalar que entre un 15% y un 80% del fluido que se inyecta para la fractura "vuelve a la superficie como agua de retorno", y el resto "se queda bajo tierra", conteniendo aditivos de la fractura y subproductos de transformación. "Nuestra región se encuentra sobre uno de los reservorios más importantes de agua dulce en el mundo, como lo es el Acuífero Guaraní. Es un reservorio de agua subterránea. Se trata de un conjunto de rocas arenosas que está por debajo del nivel del terreno que tiene agua en sus poros y fisuras. Estas rocas se depositaron allí entre 245 y 144 millones de años atrás. Este acuífero es transfronterizo porque se desarrolla por debajo del territorio de cuatro países sudamericanos: en Argentina su extensión es de 225.500 km2, en Brasil es 840.000 km2, en Paraguay 71.700 km2 y en Uruguay 58.500 km2 totalizando 1.200.000 km2 al sudeste de América, entre 12° y 35° de latitud sur y 47° y 65° de longitud oeste…Por tanto para la preservación de la calidad del agua, se deben tomar las medidas de protección adecuadas para controlar los efectos de las actividades potencialmente contaminantes (vertido de residuos sólidos, exploración y explotación a través de fractura hidráulica. Exceso de agroquímicos, construcción de pozos negros, entre otras)", apuntan los ediles. Los Concejales argumentan su negativa a que esta práctica pueda ser utilizada en Basavilbaso en que la Constitución de la Provincia de Entre Ríos establece en la Sección I Declaraciones, Derechos y Garantías- Artículo 22 que "todos los habitantes gozan del derecho de vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras. Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común". Y en la Sección II Régimen Económico, del Trabajo y Desarrollo Sustentable, en el Artículo 83 "El Estado…establece medidas preventivas y precautorias del daño ambiental"; y en su Artículo 85 "Los recursos naturales existentes en el territorio provincial corresponden al dominio originario del Estado entrerriano, que ejerce el control y potestad para su aprovechamiento, preservación, conservación y defensa… El agua es un recurso natural, colectivo y esencial para el desarrollo integral de las personas y la perdurabilidad de los ecosistemas".