Miércoles 17 de Septiembre de 2008, 21:16

La justicia desestimó demanda contra la Ordenanza 1/2004

| La demanda fue impulsada por un vecino, propietario de un inmueble lindante al lugar donde se construye el parque termal de Basavilbaso. Planteó que la Ordenanza 1/2004 le fijaba limitaciones y restricciones que lo “perjudicaban” y en beneficio de una persona jurídica, pero la justicia no hizo lugar y el abogado de la municipalidad celebró la decisión entendiendo que “el objetivo que se buscaba con la norma ha quedado consolidado”.


El Dr. Hugo Valdiviezo reconoció en declaraciones a RIEL FM que ayer el municipio fue notificado que la Sala Civil -confirmando el fallo de primera instancia- se pronunció a favor de los intereses del municipio, entendiendo que la Ordenanza 1/2004 “no vulnera ningún precepto constitucional o la Constitución en si”, dijo. El Director de Asuntos Institucionales y Jurídicos de la Municipalidad de Basavilbaso aseguró que con la resolución judicial de la cuestión “el objetivo que se buscaba con la norma ha quedado consolidado”. Seguidamente recordó que dicha Ordenanza, sancionada el 23 de enero del 2004, a pocos días de comenzada la administración municipal de Horacio Fabián Flores, se gestó en la necesidad de “proteger” el proyecto termal local “para que pudiera caminar sin mayores tropiezos y con todo el apoyo desde lo público”. Seguidamente Valdiviezo aclaró que de ningún modo se persiguió prohibir la subdivisión de las tierras como mal interpretaron algunos, sino que “establecía que todo pedido de subdivisión debía ser aprobado por el municipio”. “Buscábamos evitar subdivisiones que pudieran eventualmente ir contra el uso que se le estaba dando en ese momento del suelo o darle un uso distinto; la norma fue disparadora de todo un proceso que está a punto de culminar, desde donde se pudo programar, proyectar y planificar una ciudad distinta”, enfatizó. El abogado del municipio reconoció que el fallo de la Sala Civil no cierra definitivamente el tema, ya que existe la posibilidad que la contraparte decida recurrir a una tercer instancia ante el STJ, pero entendió que la cuestión de fondo perdería virtualidad porque, el tema -desde otro punto- esta legislado y sistematizado totalmente distinto, y mencionó a modo de ejemplo la ampliación de la planta urbana y una serie de Ordenanzas que “han ido dejando de lado la Ordenanza 1/2004”, sumado a un proyecto que está analizando el HCD que la suplantará. Valdiviezo defendió el modelo utilizado para el proceso de planificación de la ciudad, fundamentalmente por su carácter participativo, que permitió corregir desviaciones, crear áreas especiales, pero sobretodo porque fundamentalmente “no es rígida sino que es absolutamente revisable cada año”, indicó tras lo cual aclaró que de esa planificación resta definir, por Ordenanza, la trama vial, cuyo proyecto está en elaboración.