Viernes 13 de Septiembre de 2013, 11:05

Se repiten reclamos por deficiente atención al público e

| Ediles de todos los bloques acordaron dirigirse al Gerente de la sucursal local para solicitarle una reunión "urgente" a efectos de transmitirle los legítimos reclamos de los ciudadanos, depositarios de derechos, y de nuevos derechos como consumidores reconocidos por la legislación provincial recientemente sancionada, y que por la falta de previsión muchas veces deben esperar horas hasta lograr ser atendidos.


El bloque de Concejales radical volvió a plantear quejas por las largas esperas que deben soportar clientes y usuarios de la sucursal del Nuevo Banco de Entre Ríos que llegan a superar las tres horas. Los ediles sostienen que pese a la queja permanente de la población "la entidad financiera no resuelve el problema que surge de las esperas interminables a las que deben someterse quienes allí concurren, que conlleva a la deficiente atención hacia quienes deben realizar colas en las cajas habilitadas, y que no tienen otra opción que esperar el turno para ser atendidos". Silvina Pérez, miembro informante del bloque, indicó que la problemática se traduce en "malestar, nerviosismo, irritación", y que la pérdida de tiempo genera "impotencia". "Los tiempos de espera son muy prolongados y esto se agrava aún más con la situación de incomodidad a la que los usuarios son sometidos, ya que si bien existen sillas, las mismas no son ocupadas porque el apartarse de la fila implica retirarse de la cola y la pérdida del turno correspondiente, debiendo apelar a la buena voluntad de las demás personas que se encuentran en iguales condiciones, para conservar el lugar, cuando existen otras formas para un mejor ordenamiento, sin necesidad de que sea el mismo usuario el que esté pendiente de esto", afirmó. La queja de los radicales, compartida por el resto de los ediles, de todos los bloques, se reitera desde hace tiempo. Los legisladores afirman que las demoras en la atención en mencionado banco se acentúa en "fechas claves" como las de los vencimientos o cuando se liquida haberes a trabajadores estatales, "porque no se disponen de más cajas", y quienes ineludiblemente tengan que ir al banco esos días "deben disponer de varias horas", "no se ven mejoras y/o mayor agilidad en la práctica que tiendan a un mejoramiento y búsqueda de optimización en la atención al cliente, entendiendo que todos tenemos derechos como consumidores que debemos ser respetados, somos merecedores de respeto y en este caso no se respetan los derechos de los consumidores", sostuvo Pérez. La Concejal mencionó que la legislatura de la Provincia de Entre Ríos aprobó una modificación a la Ley Nº 8973 de Adhesión a la Ley de Defensa al Consumidor y se incorporaron aspectos vinculados a los reclamos respecto a los usuarios en los lugares de atención masiva, que comprende a los bancos -entre otros-, y establece: "Art. 5º bis: Conforme lo establecido en el artículo 8 bis de la Ley 24.240, considerase "práctica abusiva" y contraria al "trato digno" de usuarios y consumidores en locales de acceso a la atención masiva al público. 1. A la demora que someta a un tiempo mayor de treinta (30) minutos en espera en las cajas habilitada para cobros y pagos. 2. A la espera en condiciones de incomodidad que obliga a soportar las inclemencias climáticas a efectos de ser atendidos en su requerimiento. 3. A la falta de sanitarios de acceso libre y gratuito a disposición de los concurrentes. 4. Al tiempo de espera superior a los sesenta (60) minutos para ser atendido, aun cuando se provea de asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según talón numerado. Los supuestos contemplados en los incisos precedentes alcanzan a las entidades públicas y privadas". "Art. 5º ter.- Los sujetos obligados por el artículo anterior deberán adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis (6) meses a partir de la promulgación de la presente ley para evitar las prácticas abusivas contrarias al trato digno descriptas. En función de ello, los sanitarios a que se alude en el dispositivo precedente deberán estar visiblemente señalados, en condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad o movilidad reducida y respetar las disposiciones reglamentarias locales correspondientes. También, deberán proveer de carteles indicativos en lugares visibles para el público, donde se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas descriptas en el artículo anterior". "Artículo 20 bis.- Además de la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos - o el organismos que en el futuro lo reemplace - será autoridad de aplicación de los artículos 5º bis y 5º ter, el ente regulador respectivo". "Art. 21º.- Los sujetos obligados por la presente, que realicen las prácticas abusivas contrarias al trato digno dispuestas por la Ley 24,240, serán sancionados con multa, la que será graduada por la autoridad de aplicación en los términos que fije la reglamentación; y/o con la clausura del local por hasta diez (10) días. En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la reglamentación. A tales efectos, se considera reincidencia toda nueva infracción cometida en el término de un año contado a partir del dictado de la resolución firme que establece la sanción". En otro tramo de su exposición la Concejal Pérez destacó que se instalara una terminal de auto consultas en el interior de la sucursal local del Nuevo Banco de Entre Ríos. Que la innovación constituye un avance y permite efectuar distintas averiguaciones y consultas, las más frecuentes, "pero el problema de fondo no se resuelve". se quejó. Los ediles acordaron dirigirse al Gerente de la sucursal local del Nuevo Banco de Entre Ríos para solicitarle una reunión "urgente", de la que participará la totalidad del Cuerpo Legislativo, a efectos de tratar la problemática y procurar una solución en pos de representar los legítimos reclamos de los ciudadanos, depositarios de derechos, y de nuevos derechos como consumidores reconocidos por la legislación provincial recientemente sancionada.