Miércoles 3 de Septiembre de 2008, 10:34

Sesionó el Concejo Deliberante Juvenil de Basavilbaso

| Fue este martes, y en el tercer plenario los ediles, que representan a los distintos establecimientos del nivel medio local, fue sancionada una Ordenanza que plantea reglamentar el uso de vehículos cuatriciclos motorizados o similares en el ejido urbano y un proyecto de en el que se propone la finalización del cruce peatonal ubicado sobre la playa de maniobras próxima a la Estación de Trenes Basavilbaso.


Los Concejales [imgTexto=1220437489.jpg]Albertina Schmer y Renzo Rebossio[/imgTexto], de la Escuela Provincial Nivel Medio Número 132 “Basavilbaso” hicieron notar que se ha incrementado notablemente la utilización y circulación de cuatriciclos motorizados, y que dichos vehículos “no se encuentran enmarcados dentro de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449”, por lo que entienden resulta “necesario” dictar el instrumento legal que los contenga. Los legisladores consideran que esas normas deben contener “reglas claras”, que “garantice el ordenamiento vehicular de la localidad”. Observaron que la mayoría de los conductores de este tipo de vehículos “son menores” y por lo tanto no tienen habilitación alguna para circular, agravándose el problema con la presencia de niños conduciendo los mismos. Por otra parte señalaron que estos vehículos por lo general no poseen todos los elementos y/o requisitos necesarios para circular y que apoyándose en el Art. 11 de la Ley Nacional de Tránsito (que dispone que en cada localidad se pueden establecer en razón de fundadas características, excepciones a las edades mínimas para conducir, las que solo serán validas en relación al tipo de vehículo y a las zonas o vías que determinan en el ámbito de su jurisdicción) plantearon legislar al respecto con el objetivo que se permita la utilización de estos vehículos en el ejido urbano de la localidad pero cumpliendo las normas vigentes de la Ley de Tránsito. El proyecto que fue sancionado por unanimidad consta de once artículos: “[b]Artículo 1:[/b] La presente ordenanza tiene por objeto, el establecimiento de normas específicas aplicables a la circulación de cuatriciclos en el ámbito del Ejido Municipal de la ciudad de Basavilbaso. [b]Artículo 2:[/b] El conductor del cuatriciclo deberá ajustar su conducta a la Ley Nacional de Tránsito vigente, respetando las normas allí establecidas. [b]Artículo 3:[/b] Los conductores de estos vehículos deberán circular con normalidad, respetando las normas vigentes de estacionamiento de autos y motos. Se prohíbe su estacionamiento y circulación en veredas y lugares de circulación peatonal. [b]Artículo 4:[/b] El municipio local otorgará un carnet que habilitará al conductor a circular dentro del ejido municipal, el cual llevará impresa la leyenda “Válido sólo en el Ejido Municipal de la ciudad de Basavilbaso”. La documentación a presentar por el solicitante de este carnet será la misma requerida para la obtención de la licencia de conducir de motos y autos. [b]Artículo 5:[/b] Solo se permitirá el manejo a mayores de 16 años, quienes deberán poseer una licencia habilitante a la que hace referencia el artículo 4to. Desde esa edad mínima se podrán conducir cuatriciclos de hasta 110cc de cilindrada, en tanto a partir de los 18 años se liberará este punto. [b]Artículo 6:[/b] Prohíbase circular con mas de un (1) acompañante, cualquiera fuere la cilindrada del vehículo. [b]Artículo 7:[/b] El conductor del vehículo, cualquiera fuere la cilindrada y en su caso, acompañante, deberán llevar cascos colocados y afirmados a la cabeza y sujetados correctamente, durante todo el tiempo en que el vehículo se halle en movimiento. El Departamento Ejecutivo establecerá los requisitos y características que deben cumplir los cascos que serán permitidos para el uso y cumplimiento de la presente ordenanza. [b]Artículo 8:[/b] El conductor deberá inscribir su vehículo en el Municipio, quien confeccionará un registro de la cantidad de cuatriciclos existentes en la localidad y las características de los mismos. Para su circulación los conductores deberá contar con cédula de identificación del vehículo (Tipo tarjeta verde), licencia de conducir correspondiente, comprobante de pago del impuesto a la radicación del rodado (Patente), comprobante del seguro en vigencia. En todo momento tendrán que estar colocadas las placas de dominio (Patente). En caso de requerírsele, el conductor deberá exhibir estos documentos. [b]Artículo 9:[/b] Los cuatriciclos deberán contar con espejos retrovisores el siguiente sistema de iluminación: luces delanteras altas y bajas de color blanco, luces traseras de posición y luces de stop de color rojo, luces de giro intermitentes de color amarillo. Si el vehículo no contara con este sistema de iluminación deberá incorporarlo al mismo. [b]Artículo 10:[/b] Se establece como velocidad máxima para la circulación de cuatriciclos motorizados en el Ejido Municipal de la ciudad de Basavilbaso, 40 km/h. [b]Artículo 11:[/b] En caso de que el conductor no cuente con los requisitos solicitados o cometa alguna infracción, la multa será determinada por el municipio de acuerdo a las reglamentaciones existentes para la ciudad y de acuerdo con lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito”. [b]Solicitan se finalice la construcción de la pasarela peatonal en la zona de la Estación[/b] Carlos Salomone y Alexander Schlottahuer, de la Escuela Provincial de Nivel Medio Número 79 “Dr. José Zubiaur”, impulsaron el proyecto al considerar que la obra está “casi finalizada”, y que le falta sólo las escaleras que permitan el ascenso y descenso a la misma, y que para lograrlo “se necesita el trabajo conjunto del municipio y la empresa América Latina Logística”. Argumentan que la ciudad, al ingresar un tren, “queda incomunicada” en esa zona, y que frecuentemente los vecinos deben esperar mucho tiempo para poder pasar, y en algunas oportunidades debido a esto, sumado a que por el largo de las formaciones ferroviarias inclusive se corta la circulación en los paso a niveles, se ha observado que en el intento de “sortear” dicho impedimento cruzan por debajo de las formaciones. Por otra parte reivindican a la pasarela como una vía de comunicación rápida y segura que permitiría evitar accidentes fatales. Seguidamente destacaron la predisposición del “Capitán” del “Patio Basavilbaso”, el Señor Tomás Grzelak les manifestó “estar de acuerdo” con la iniciativa y mostró disposición para proveer los materiales para la finalización de la obra. El proyecto de Ordenanza, que fue girado para su estudio a tres comisiones internas del Concejo Deliberante Juvenil, consta de cuatro artículos: “[b]Artículo 1:[/b] Que se disponga en el ámbito de la Minicipalidad de Basavilbaso, los trámites correspondientes con las autoridades de la empresa ALL, para la finalización de la pasarela peatonal que une los barrios Parroquial y Oeste. [b]Artículo 2:[/b] La planificación y concreción de esta obra se llevará a cabo a partir de la coordinación de las áreas correspondientes, tanto de la Municipalidad como de la empresa América Latina Logística. [b]Artículo 3:[/b] Su objetivo será: [b]a)[/b] Comprometer y concienciar tanto al Municipio como a la empresa ALL de la finalización de esta obra beneficiará a ambas instituciones, ya que evitaría inconvenientes a los vecinos, siendo el más determinante el riesgo de vida. [b]b)[/b] Articular la ciudad, contribuyendo de esta manera a la normal circulación de los vecinos de la ciudad. [b]c)[/b] Mejorar la seguridad de los vecinos de manera sustancial, al transitar este sector de la ciudad. [b]Artículo 4:[/b] Para la realización de la presente pasarela es necesario que tanto el Municipio como la empresa ALL provean los materiales necesarios: tejido para cubrir los laterales de la pasarela; madera (durmientes) para la construcción de los escaleras de ambos extremos; bulones, para el agarre de las maderas que serán los peldaños de las escaleras; rieles, para la construcción de las barandas de las escaleras, y asfalto para cubrir el piso de la pasarela”. [b]El Concejo Deliberante Juvenil una experiencia nueva [/b] La experiencia del Concejo Deliberante Juvenil es nueva en Basavilbaso, y fue impulsada por la Concejala justicialista María Paula Formigo, quién reconoció que su buen funcionamiento ya despertó interés en localidades vecinas que consultaron sobre la forma en que fue implementado para imitarlo. Está integrado por estudiantes pertenecientes a las escuelas de nivel medio, quines se reúnen, analizan, debaten y sesionan donde lo hace el legislativo municipal. El objetivo que se persigue es incorporar en forma práctica al aprendizaje de los jóvenes las reglas de convivencia democrática de la comunidad; procurar que los alumnos de los establecimientos educativos, de nivel medio, entiendan la Democracia como una forma de vida a través del respeto por el hombre y por las ideas ajenas, defendiendo las propias pero buscando siempre el consenso y lograr el conocimiento del funcionamiento legislativo. Entre los proyectos que los Concejales Juveniles sancionen deberán elegir el que los represente y que, teniendo en cuenta la viabilidad, utilidad y su urgencia, ingresará a la secretaria del Honorable Concejo Deliberante para ser tratado por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad.