Viernes 14 de Enero de 2005, 14:38

Termas: vecinos presentaron petitorio

| Patrocinados por los Drs. Ángel Piedrabuena y José Ventura unos treinta vecinos propietarios de inmuebles en la zona rural lindante al futuro parque termal presentaron en la comuna un petitorio requiriendo “reglas claras” respecto de la legislación vigente las limitaciones y restricciones en beneficio del desarrollo del proyecto termal.

“Los presentantes, vecinos de esta ciudad, nos dirigimos a este Honorable Consejo Deliberante, a fin de expresarles la profunda decepción y malestar que nos causa las acciones llevadas adelante por el ejecutivo municipal, así como por este cuerpo deliberativo, quienes bajo so pretexto de hacer realidad el “Proyecto Termal Basavilbaso”, no han hecho mas que perjudicar a muchos vecinos de esta ciudad. No es nuestra intención impedir u oponernos al proyecto termal, lo que no implica que debamos permitir que se cercenen nuestros derechos de propiedad legítimamente adquiridos, bajo pretexto de fomentar el bien común, y en beneficio de una persona jurídica privada, como es “Termas de Basavilbaso S.A.”. Desde hace tiempo venimos soportando los perjurios causados por la ordenadaza nº 21/2003 y en particular la nº 01/2004. En tanto PROHÍBE la modificación del uso, destino y objeto de explotación del suelo al cual se destinaban los mismos a la fecha de promulgación de esa ordenanza, sin autorización previa a los propietarios, por parte de la municipalidad de Basavilbaso, bajo una especie de paraguas genérico comprendido en el proloquio “siempre y cuando el nuevo destino no se contraponga o genere competencia al proyecto termal”. Así mismo PROHÍBE la construcción o emplazamiento de construcciones nuevas sin autorización y el loteo o subdivisión de lotes.- Todo esto aplicable a los vecinos, cuyos inmuebles estén ubicados dentro de la zona demarcada como “ejido municipal” y “ejido termal”. Imponiendo restricciones al dominio de una imprecisión y amplitud, absolutamente distorsivas del legítimo derecho de propiedad, contrariando lo establecido por el código civil en los artículos. 2513; 2514, y la constitucional nacional. Es evidente la arbitrariedad de tales ordenanzas, al disponer que los actos prohibidos, pueden llevarse a cabo con autorización de la municipalidad. Cabe preguntarse, ¿Cual es criterio para autorizarlos?, o ¿Cuáles actos generan competencia para el proyecto termal?, es evidente que ambas respuestas descansan en la arbitrariedad de nuestros funcionarios, dado que las reglas de juego no son claras, ni hay una disposición que prevea que es lo que se considera competencial de dicho proyecto.- Por otra parte queremos dejar claro, que el actuar de quienes nos deberían representar, nos traen el oscuro recuerdo de que en este país, sea tal vez el único, en que la propiedad privada es violentada a gusto paladar de la clase política. Y como si no les bastase, los perjurios que estamos sufriendo con las denominadas “restricciones”, ahora quieren expropiar nuestros inmuebles, a lo que nos oponemos de plano. Cabe preguntarse, respecto de si, ¿realmente hay una utilidad publica que justifique una limitación tal a nuestros derechos, y de haberla ¿no debería haber comprendido ella al predio termal en primer lugar?, entonces ¿cual es la verdadera causa por la que se nos pretende expropiar? Es notorio, como se demuestra en una carta emitida días pasados por el responsable de “Termas de Basavilbaso S.A.” donde se plantea la necesidad de una “EXPROPIACION”, adosándose a ello una presentación ante la sociedad como aquellos que nos oponemos e impedimos la concreción del proyecto termal, tratando de este modo confrontarnos con nuestros propios vecinos. Lo cual demuestra a las claras las desmedidas y ambiciosas pretensiones de de esta persona jurídica, a quien parece molestarle que en el futuro nos vemos beneficiados por el complejo termal. Por lo brevemente expuesto, y con el expreso y categórico fin de emplear lo requerido en las acciones legales que amparan nuestro derecho, y bajo apercibimiento de ley, agotando la vía administrativa, REQUERIMOS DE UDS: se sirvan INFORMAR y RESOLVER sobre: 1.- Acerca del alcance del “Proyecto Termal Basavilbaso”, sobres las actividades que se consideran competencias del mismo, y las normativa que determina a que se debe considerar competencia y la que no.- 2.- Si existe normativa regulatoria o bien un diseño del llamado “Proyecto Termal Basavilbaso”, en su caso nos extienda una copia.- 3- Se nos informe si hay en dicho consejo un proyecto o ante proyecto, en el que se prevea la declaración de utilidad publica de algún o algunos inmueble comprendido en la cercanía del denominado ejido termal y en su caso se identifique al o sus propietarios.- 4.- Solicitamos se nos informe y nos provea copia de la documentación del negocio jurídico que vincula al propietario del predio termal y esta municipalidad y/o con “Terma de Basavilbaso S.A.”.- 5- Se nos informe sobre quienes son los accionistas de “Terma de Basavilbaso S.A.”, y en particular si algún miembro de dicho consejo o del ejecutivo municipal es parte integrante de tal persona jurídica.- 6.- Se nos informe acerca que es la utilidad o beneficio que recibe la comuna de la explotación del recurso termal que realice eventualmente “Termas de Basavilbaso S.A.”.- 7.- Se dicte una nueva ordenanza, en la que se deroguen las restricciones que pesan sobre nuestros inmuebles, o bien se les provea de un mayor grado de racionabilidad.- 8.- Se brinde garantías a los vecinos, de que no sufrirán mayores perjuicios. 9.- Se cite a sección extraordinaria en ese consejo, a fin de ser los suscriptos recibidos por los ediles para proveernos de las especificaciones y explicaciones del caso”.