Miércoles 10 de Abril de 2013, 03:11

Vecino expuso ante el HCD sobre la problemática de los residuos

| Este martes el Honorable Concejo Deliberante se reunió en biblioteca popular "Luz Obrera". En la oportunidad un joven vecino, Ezequiel Baus, hizo uso de la Banca Ciudadana y expuso sobre lo que a su entender debería ser la política comunitaria para el tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos, desde una gestión integral de los desechos.


El estudiante de la Universidad Tecnológica Nacional, que cursa el tramo final de la carrera de Licenciado en Organización Industrial, expuso ante el Honorable Concejo Deliberante, los lineamientos generales de un proyecto de Ordenanza que le sugirió a los ediles, surgido de un trabajo práctico -que realizó en el marco de sus estudios-en el Área de Medio Ambiente y Ecología, y para lo cual contó con el acompañamiento y respaldo del Profesor Jorge González, y el técnico en Salud Ambiental, Atilio Campodónico. Baus aprovechó los '10 y apoyado con imágenes en una pantalla de TV detalló lo que a su entender son los aspectos centrales de su idea para que el municipio encare una gestión integral de los desechos, a la vez que puso énfasis en la necesidad de que todos comprendamos que la cuestión reviste tal importancia que debe ser parte de la política comunitaria. Destacó que el Intendente (Silvio Valenzuela) se pronunciara firmemente sobre que erradicar el basural a cielo abierto sea una de sus principales premisas para este año. Que dispusiera intervenir y se hiciera un importante movimiento de suelo para "corregir lo que hasta ahora se hizo" en materia de disposición final de la basura, pero aclaró: "nos será suficiente si no logramos entre todos cambiar algunos hábitos". La propuesta del estudiante gira en torno a tres ejes temáticos, uno que contiene una propuesta de programa de difusión, educación y comunicación a la comunidad; una propuesta de conformación de una cooperativa de trabajo y un estudio técnico específico de la planta de tratamiento de los RSU. Luego observó que en los ensayos realizados por el municipio tendientes a que los vecinos separen de sus residuos lo orgánico de lo inorgánico "se pueden mejorar", porque "es un método que le asigna una responsabilidad adicional al recolector, que no solo tiene que hacer su trabajo de juntar las bolsas sino que determinar que contiene cada una". Por ello consideró que para mejorar la condición laboral de los recolectores y para que sea más eficiente el sistema se debería destinar al menos un día para los residuos orgánicos y otro, distinto, a los inorgánicos. El estudiante, que fue escuchado atentamente por los Concejales, insistió en que el sistema de tratamiento de los RSU se debería apoyar en la mano de obra de los "recuperadores urbanos", organizados en cooperativa que tendría como beneficio lo producido con la venta de los elementos que se recuperen. "Garantizaría el éxito del sistema", enfatizó. [b]El Proyecto [/b] [b]ARTICULO 1º)[/b] Continuar e intensificar el proceso de gestión integral de los residuos sólidos urbanos (en adelante R. S. U.), mediante un Plan de utilización productiva de los mismos a través de actividades interdependientes y complementarias entre sí a efectos de concretar la erradicación del basural a cielo abierto. [b]ARTICULO 2º)[/b] Continuar con la recolección de los R. S. U., orgánicos e inorgánicos, separados en origen para su posterior tratamiento, reutilización y valorización, a través de la implementación de métodos y procesos adecuados, que podrán realizar particulares, organizados en Cooperativa de Trabajo u otra forma asociativa. [b]ARTICULO 3º)[/b] Efectuar el proceso de disposición final de los residuos no re-utilizables, siempre y cuando no se encuentre otro destino para estos residuos. Utilizar operaciones para la disposición final destinadas a lograr su depósito controlado permanente por enterramiento sanitario u otros métodos, utilizando tecnologías actuales y venideras que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población. [b]ARTICULO 4º)[/b] El Municipio promoverá un amplio programa de difusión para la educación comunitaria, coordinada y ejecutada a cargo del Área de Medio Ambiente y Ecología convocando a la participación de las asociaciones defensoras del medio ambiente, instituciones y la población toda. Dicho programa de difusión se refiere a la utilización de productos biodegradables, a la separación de los R. S. U., en origen, haciendo tomar conciencia en lo concerniente a cambios de hábitos y costumbres de la población. Los generadores de residuos estarán obligados a clasificar en forma separada sus residuos: los residuos orgánicos de los residuos inorgánicos y estos últimos de aquellos patológicos o contaminantes y los depositarán en bolsas de polietileno cerradas de colores claros para una mejor visibilidad (a excepto de los patológicos, ver ORDENANZA Nº 05 - 96, ART 6º), que deberán colocar para su recolección diferenciada los días indicados para cada tipo. [b]ARTICULO 5º)[/b] Se sugiere que los R. S. U. domiciliarios sean colocados, por el generador de los mismos, en porta basureros de hierro o cualquier otro acorde al diseño de la propiedad, a una altura aproximada de 1,50 metros de altura, de manera que las bolsas con los residuos no puedan ser alcanzadas por animales y sea de fácil retirada por los recolectores, que sean seguros para peatones, automovilistas, recolectores, etc. [b]ARTICULO 6º)[/b] Se prohíbe en toda la jurisdicción de la Municipalidad de Basavilbaso el emplazamiento y establecimiento de mini-basurales o abandono de residuos en lugares no autorizados, ejerciendo el Departamento Ejecutivo la función de control y sanción. Los generadores de los residuos domiciliarios están obligados a depositarlos de acuerdo a los días y horarios fijados por el Departamento Ejecutivo u Obras Públicas, para cada clase de residuo, en los lugares y formas señaladas en el Artículo 4º y 5º. [b]ARTICULO 7º)[/b] La municipalidad de Basavilbaso se encargará de: [b]a)[/b]Continuar con la recolección de los R. S. U., en días y horarios adecuados según la época del año. [b]b)[/b]Construir una nave con las instalaciones y la infraestructura necesarias para llevar adelante las tareas de re-utilización de los residuos orgánicos e inorgánicos, como así también realizar un seguimiento velando por la correcta utilización y mantenimiento de la misma, junto a todo lo que a ésta pertenezca. [b]c)[/b]Entregar en la planta de tratamiento aquellos residuos que, de una u otra forma, puedan ser valorizados mediante su re-utilización. [b]d)[/b]Realizar el conjunto de operaciones destinadas a lograr el depósito final permanente de los R. S. U., que no puedan ser re-utilizados, con métodos y tecnologías que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población. [b]e)[/b]Dar a conocer, por los medios de difusión locales y/o folletos, la programación prevista de horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. Podrá el Municipio introducir cambios que, por motivos especiales sea necesario realizar en los horarios, en cuyo caso deberá divulgarlo con suficiente antelación. Los vecinos, en esta emergencia, se abstendrán de colocar los residuos en los cestos destinados a tal efecto, hasta que se normalice el servicio. [b]f)[/b]Forestar y parquizar con espacios verdes para asegurar el mínimo impacto del o los viejos volcaderos, controlando con monitoreo y seguimiento permanente. [b]g)[/b]Alentar, y brindar el apoyo necesario, en todo sentido, tanto económico como asesoramiento en administración y gestión, legales y demás cuestiones, para la constitución de una asociación o cooperativa, con mano de obra desocupada, con finalidad de reutilizar o revalorizar los R. S. U. Asegurar e incentivar la continuidad y la perduración en el tiempo de esta organización, una vez ya formada y en pleno funcionamiento, asignando un responsable de parte de la Municipalidad que esté en plena comunicación con la Cooperativa. [b]h)[/b]Capacitar constantemente tanto a los miembros de la Cooperativa u organización a cargo de la Planta de tratamiento, como así también a los recolectores de residuos. [b]ARTICULO 8º)[/b] Queda prohibido el abandono de animales, vivos o muertos, de toda especie en las basuras domiciliarias, en cualquier clase de terreno público o privado de un tercero, así como arrojarlos a los cursos de agua, alcantarillas o igualmente enterrarlos en terrenos de propiedad pública o privada ajenos al del dueño del animal. [b]ARTICULO 9º)[/b] Los productores de escombros o tierra deberán consultar al organismo competente municipal, sobre el destino que puedan darle, como también convenir con el municipio la retirada de los mismos y el cargo correspondiente, si fuera pertinente, cuyos montos serán incluidos en la Ordenanza General Impositiva. Deberán impedir, hasta tanto sean retirados, que se desparramen o interrumpan el tránsito peatonal o vehicular. [b]ARTICULO 10º)[/b] Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer en forma gratuita, con carácter de donación, a favor de quienes realizan en forma organizada tareas de tratamiento y/o re-utilización y/o valorización de R. S. U., aquellos residuos sólidos que se obtengan de las tareas de recolección. [b]ARTICULO 11º)[/b] Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa, la prestación de los servicios de tratamiento de R. S. U. a aquella organización o asociación local formada con la finalidad de realizar este tipo de tareas. [b]ARTICULO 12º)[/b] Las infracciones a la presente serán sancionadas con multas equivalentes de entre 10 y 100 litros de nafta súper, dependiendo de la gravedad de la falta, considerando el grado de contaminación y/o peligro a que se exponga el aire, agua, suelo, paisaje y seres vivos, el daño que pudiera producirse en los bienes y el carácter de reincidente que revista el infractor. [b]ARTICULO 13º)[/b] Facultar y obligar al Área de Medio Ambiente y Ecología a realizar un seguimiento continuo, elaborando estadísticas en un considerable período de tiempo, referidas a los residuos recolectados de acuerdo a la clasificación, barrios con mayor grado de separación y demás cuestiones que crean pertinentes, debiendo identificar a la porción de la población que se resistan a la separación en origen o cualquier otro aspecto que esta norma especifique, visitándolo por UNICA VEZ en su domicilio para darle a conocer los beneficios de cumplir con lo señalado en la presente ordenanza, como así también las sanciones por no cumplirla. Si el comportamiento de resistencia al cambio del domicilio ya visitado persiste, deberá proceder a realizar y gestionar la multa adecuada. [b]ARTICULO 14º)[/b] Dejar sin efecto toda norma o disposiciones anteriores que se opongan a la presente. “Muchos de los residuos que generamos no se pueden recuperar, que se deben mandar a disposición final y el municipio deberá comprometerse a utilizar todos los métodos y tecnología disponible, existentes y venideras para minimizar al máximo el impacto que esto pueda generar”, afirmó Baus, que aclaró que no es especialista en medio ambiente sino que está capacitándose en lo industrial, pero que para realizar el trabajo y posterior proyecto de Ordenanza leyó y aprendió mucho de la legislación existente y de experiencias de municipios vecinos.