Jueves 9 de Noviembre de 2006, 10:25

Aprueban ley que beneficia a los deudores hipotecarios

| Los deudores hipotecarios ahora pueden saldar sus obligaciones pagando $ 1,83 por dólar. La intención es beneficiar a aquellos que corren el riesgo de perder su vivienda única en un remate judicial. Hubo duras críticas de los partidos de la oposición. Para Marta Maffei (ARI) es "un mamarracho".

La Cámara de Diputados convirtió esta madrugada en ley el proyecto que permitirá a los deudores hipotecarios extrabancarios, que corren el riesgo de perder su vivienda única en un remate judicial, saldar sus obligaciones a un valor de 1,83 pesos por dólar. La nueva ley apunta a terminar los pleitos entablados a raíz de las moras en que cayeron miles de compradores de vivienda única, afectados por el desequilibrio monetario producido por la crisis de 2001 y 2002. La norma -sancionada por 129 a 25 votos- es aclaratoria de las leyes de emergencia económica, pero establece además un método para liquidar las deudas y un coeficiente para reformular esos valores calculados originalmente en moneda extranjera. Al defender el proyecto, el kirchnerista Luis Cigogna, titular de la comisión de Justicia, consideró que se trata de una iniciativa " aclaratoria" que además establece "un coeficiente de pago que hoy sería de 1,83 pesos por dólar frente a los 3,10 pesos del valor actual". Desde el ARI, la diputada nacional Marta Maffei, anticipó su rechazo al proyecto, al sostener que "no soluciona la situación de los deudores preconvertibilidad" y calificó a la norma como "un mamarracho y una verdadera necedad". En tanto, el titular del bloque Justicialista Nacional, Jorge Sarghini, sostuvo que el proyecto "generaría un duro antecedente" y afirmó que es "demasiado riesgo para casi ninguna solución", al recordar que esa bancada presentó un proyecto alternativo que, dijo, "no ha sido tenido en cuenta". Por su parte, el radicalismo a través de la diputada nacional por el Chaco, Liliana Bayonzo, titular de la comisión de Vivienda, adelantó el respaldo en general a la norma de esa bancada y destacó como "positivo que el Fondo Fiduciario absorba la deuda". El titular del bloque del Pro, Federico Pinedo, manifestó sus temores de que la ley fuera declarada inconstitucional por la Justicia en virtud de que -a su juicio- el Parlamento no puede fijar el valor de la moneda. La norma establece un sistema de conciliación para salvar las diferencias entre acreedores y deudores, pero -de persistir esas diferencias- obliga al magistrado actuante a recalcular la deuda en tiempo perentorio. La nueva ley pretende terminar con la interpretación que los jueces realizaron de las normas de emergencia, que permitieron el remate de muchas viviendas familiares, pese a la intención en contrario de los legisladores. El texto está limitado a deudores que hubieran caído en mora entre el 1 de enero de 2001 y el 11 de septiembre de 2003 a raíz de la compra o ampliación de una vivienda única de un monto no mayor a los 100 mil pesos. En su títuto primero, esta norma de carácter interpretativa apunta a limitar la discrecionalidad de los jueces sobre las normas de emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, declarada mediante la ley 25.561 y luego modificada, ampliada y prorrogada. Por lo pronto, la ley aprobada suspende las ejecuciones judiciales de viviendas y los desalojos producidos por cualquier concepto, al tiempo que advierte a los jueces para que revisen el origen de las deudas con un criterio "favorable a la preservación de la vivienda digna y la protección integral de la familia". Como otra señal a los magistrados que hasta ahora se mostraron permeables a las demandas de los acreedores, los legisladores reivindican en el texto el derecho constitucional a la vivienda digna y condenan la usura y el enriquecimiento indebido. Según el texto, cuando el juez actuante deba definir el monto de la deuda, la liquidación no podrá exceder el resultado de la siguiente suma: un dólar estadounidense igual a un peso, más el 30 por ciento de la diferencia entre dicha paridad y la existente en el mercado libre al momento de la liquidación, más el 2,5 por ciento anual de interés por todo concepto. La ecuación arroja hoy un valor algo superior a 1,80 pesos por cada dólar adeudado, que -en la mayoría de los casos- serán cancelados total o parcialmente con recursos del Fondo Fiduciario creado por la ley 25.798, bajo la esfera del Banco de la Nación Argentina. Fuente: Télam