Jueves 28 de Diciembre de 2006, 22:37

Confirman embargo millonario y procesamiento para Alberto Kohan

| La Sala II de la Cámara Federal ratificó la medida dictada en primera instancia por el juez Ariel Lijo. Es por "enriquecimiento ilícito". Al ex secretario general de la presidencia durante la gestión menemista se le retendrán sus bienes hasta cubrir la suma de $3.474.841,26. En febrero se espera el pedido de elevación a juicio oral.

La Cámara Federal confirmó el procesamiento del ex secretario general de la Presidencia durante la administración menemista, Alberto Kohan, por el delito de enriquecimiento ilícito, y el embargo en sus bienes hasta cubrir la suma de 3.474.841,26 pesos. Fuentes tribunalicias señalaron que la medida fue tomada por la Sala II de la Cámara que ratificó, de esa manera, el procesamiento dictado en primera instancia por el juez Ariel Lijo. En una resolución de siete carillas, a la que Télam tuvo acceso, los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi también rechazaron los planteos de nulidad efectuados por los penalistas Jorge Sandro y Mario Laporta, defensores del ex funcionario. La figura del "enriquecimiento ilícito" (solamente aplicable a los funcionarios públicos) es un delito para el cual el Código Penal prevé una posible condena de dos a seis años de prisión, multa e inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos. "El juicio de probabilidad respecto de la responsabilidad de Kohan en el hecho imputado se encuentra sustentado en los diversos elementos colectados, conformando así el grado de certeza exigido a esta altura provisional", dijeron los camaristas al ratificar lo decidido por Lijo en el mes de marzo último. En ese sentido los magistrados concluyeron que "se advierte que el patrimonio de Kohan se incrementó de manera considerable en relación a los ingresos declarados, no logrando justificar su apreciable aumento las explicaciones dadas". Entre esas argumentaciones el ex funcionario había intentado atribuir buena parte de su fortuna a ingresos de su esposa Marta Franco, como titular del Registro Seccional Olivos Ocho de la Propiedad Automotor, pero esas excusas no convencieron a la justicia. Sobre este aspecto los camaristas dijeron que había que deducir -algo que Kohan no había hecho- los "correspondientes gastos de funcionamiento de la oficina registral" los que, por ley, están a cargo del titular del registro. En ese sentido citaron los gastos de papelería y muebles, el alquiler del local, luz, gas, teléfono, y los "elementos registrales" como placas de identificación, títulos, cédulas, chapas provisorias; que no habían sido descontados. En su resolución los camaristas dijeron que "no se advierte que la pieza recurrida (el procesamiento) ostente arbitrariedad o falta de fundamentación" sino que, por el contrario, "asiste razón al señor juez de grado (Lijo) en el decisorio que se ataca". También el millonario embargo fue confirmado por el tribunal de apelaciones al decir que Lijo analizó "cada uno de los rubros integrantes de la cautelar individualizando las sumas correspondientes a cada concepto, consignando además el índice de actualización aplicado y sus resultantes al día de hoy". Con este fallo de Cámara, salvo algún último recurso de los defensores para intentar que la Cámara de Casación o la Corte Suprema revean esta decisión, Kohan habrá quedado en los umbrales del juicio oral y público donde, en definitiva, se lo absolverá o se lo condenará. Fuente: Télam.