Jueves 21 de Enero de 2010, 11:56

Declararon inconstitucional el uso generalizado de células madr

| El juez de primera instancia en lo Contencioso Administrativo, Guillermo Rossi, declaró inconstitucional la resolución del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablaciones e Implantes (Incucai) que creó el Registro Nacional de Donantes y permitió que las células madre puedan ser usadas por cualquier persona y no sólo familiares directos.

El fallo judicial se da a raíz de un recurso de amparo presentado por un matrimonio a punto de dar a luz. El magistrado consideró que dicha norma constituye una “violación directa al principio de la libertad individual y la omisión de observancia del principio de legalidad de las obligaciones”. El matrimonio se presentó a la justicia en oposición a que las células madres de una hija por nacer sean utilizadas con otros fines que para “su eventual uso autólogo” autorizado por ellos. La resolución del Incucai regula el funcionamiento de los bancos de conservación de células madre y dispone que el material obtenido deberá ser inscripto en el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas. Asimismo, establece que las células madre “estarán disponibles para su uso alogénico (por terceras personas)”. La pareja adujo que contrató el servicio de un laboratorio privado “para que proceda a la extracción y conservación de células progenitoras hematopoyéticas (CPH) correspondientes a su hija, para su eventual uso autólogo”. El contrato entre los padres del bebé en gestación y el laboratorio privado “se formalizó con posterioridad al dictado de la Resolución N 69/09” lo que ratificó la voluntad del uso de las células madre sólo para el niño por nacer o sus parientes de más estrecho lazo sanguíneo. Al conceder el amparo, el magistrado consideró que “las normas legales vigentes sobre el tema, tanto la ley de Trasplantes 24.193 como su modificatoria (donante presunto), permiten que prevalezca la voluntad manifiesta del interesado, sobre el interés público en cuestión”. Por ello, concluyó, la resolución impugnada establece un carácter “obligatorio” de la donación a terceros interesados “sin que dicha obligación hubiera sido establecida por ley formal”. Las células madres son criopreservadas en tambores con hidrógeno líquido a menos 196° y pueden ser descongeladas en cualquier momento para ser trasplantadas como forma de tratamiento para enfermedades que pueda sufrir el bebé o parientes cercanos. El trasplante de células de cordón umbilical se emplea en el tratamiento de enfermedades oncohematológicas, como la leucemia o los linfomas, así como para cualquier cáncer en cuyo tratamiento sea necesario reconstruir la médula ósea dañada por la quimioterapia. Fuente: La Nación.