Domingo 15 de Marzo de 2009, 13:07

Definen los alcances de la emergencia agropecuaria

| La medida, que había salido por decreto a fines de enero pero sin delimitar las zonas beneficiadas, abarca a Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán.

Un mes y medio después de haber declarado la emergencia agropecuaria nacional por la sequía, el gobierno nacional finalmente definió las producciones y zonas en las cuales comenzará a regir la medida. La medida contempla a doce provincias: Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán. El beneficio, según lo determinado por el decreto 33/09, implica diferir por el plazo de un año el vencimiento de las obligaciones fiscales de pago, correspondientes al Impuesto a las Ganancias de personas físicas y jurídicas, Impuesto sobre los Bienes Personales e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, para los productores que resulten comprendidos en la emergencia agropecuaria. El diferimiento de las obligaciones fiscales de pago comprende los anticipos y saldos de declaraciones juradas cuyos vencimientos operen entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2009. Las producciones y zonas comprendidas en la emergencia agropecuaria, según lo determinado por las resoluciones respectivas publicadas el viernes en el Boletín Oficial, para Entre Ríos, estipulan El estado de emergencia o desastre agropecuario a la actividad ganadera afectada por intensa sequía en los Departamentos La Paz, Paraná, Nogoyá, Diamante, Victoria, Gualeguay, Gualeguaychú, Tala e Islas del Ibicuy y a los Distritos Achiras y Banderas, al norte de la Ruta Nº 127 del Departamento Federal; Distritos Mojones Norte, Mojones Sur y Raíces, todos ellos al oeste de la Ruta Nº 6 y al norte de la Ruta Nº 18 y Distrito Vergara al sur de la Ruta Nº 130, todos del Departamento Villaguay, desde el 1 de octubre de 2008 y hasta el 31 de marzo de 2009.