Lunes 6 de Noviembre de 2006, 11:27

Diputados se apresta a sancionar ley para deudores hipotecarios

| La norma contará con un mecanismo que les permitirá saldar sus obligaciones a un valor de $ 1,83 por cada dólar. El consenso alcanzado en la Cámara alta -donde el proyecto fue votado por unanimidad el miércoles pasado- preanuncia una plácida aprobación en el recinto de la Cámara Baja.

Más de 80 mil deudores en moneda extranjera que tienen su vivienda única hipotecada y con riesgo de remate a raíz del desequilibrio producido en 2002 tras la devaluación del peso podrán contar por ley con un mecanismo que les permitirá saldar sus obligaciones a un valor de 1,83 pesos por dólar. Tras la aprobación la semana pasada en el Senado del proyecto que establece un sistema de conciliación primero y de recálculo de la deuda si persistiera la diferencia, la Cámara de Diputados se apresta ahora a sancionarlo el miércoles próximo. El consenso alcanzado en la Cámara alta -donde el proyecto fue votado por unanimidad el miércoles pasado- preanuncia una plácida aprobación en el recinto de los Diputados, concientes de que deben desactivar cuanto antes una bomba de tiempo. La iniciativa pretende terminar con los juicios entre acreedores y deudores a raiz del desequilibrio monetario producido por la devaluación, que llevó a remate no pocas viviendas familiares por decisión de los jueces, pese a las normas de protección aprobadas por el Parlamento. El proyecto está limitado a deudores que no excedan los 100 mil pesos y que hubieran caido en mora entre el 1 de enero de 2001 y el 11 de septiembre de 2003 a raíz de la compra o ampliación de una vivienda única. El primer título del proyecto apunta a limitar las interpretaciones de los jueces sobre la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, declarada mediante la ley 25.561 y luego modificada, ampliada y prorrogada por un puñado de normas más. Por de pronto, el proyecto suspende las ejecuciones judiciales y los desalojos producidos por cualquier concepto, al tiempo que advierte a los jueces para que revisen el origen de las deudas con un criterio "favorable a la preservación de la vivienda digna y la protección integral de la familia". Como otra señal a los jueces que hasta ahora se mostraron benévolos con los acreedores en la interpretación de las normas de la emergencia pública, los legisladores reivindican en el texto el derecho constitucional a la vivienda digna y condenan la usura, el enriquecimiento indebido y el anatocismo. El magistrado actuante deberá solicitar sendas liquidaciones a las partes enfrentadas y -de persistir las diferencias- tendrá que formular un recálculo del monto de la deuda. Según el texto, esa liquidación no podrá exceder el resultado de la siguiente suma: un dólar estadounidense igual a un peso, más el 30 por ciento de la diferencia entre dicha paridad y la existente en el mercado libre al momento de la liquidación, más el 2,5 por ciento anual de interés por todo concepto. La ecuación arroja hoy un valor algo superior a 1,80 pesos por cada dólar adeudado, que serán cancelados total o parcialmente con recursos del Fondo Fiduciario creado por la ley 25.798, bajo la esfera del Banco de la Nación Argentina.