Viernes 19 de Marzo de 2010, 10:48

Echegaray defendió cambios en la Ley Penal Tributaria

| El proyecto de reforma a la Ley Penal Tributaria busca castigar con penas de hasta 6 años de cárcel a aquellos que evadan de manera deliberada el pago impuestos, más allá del monto que sea, en lugar de un afán recaudatorio, aseguró ayer el titular de la Administración de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray.

"El que tiene deudas no va a ir preso. Va a ir aquel que hace una maniobra deliberada tendiente a evadir el pago de impuestos. No pensamos en las deudas, pensamos en los comportamientos”, aseguró Echegaray durante una conferencia de prensa en la que brindó detalles del proyecto de Ley enviado al Congreso. Destacó que si el afán de modificar la Ley Penal Tributaria que rige desde 1997 hubiera sido recaudatorio "no hubiésemos propuesto eliminar el artículo 16” de la norma que prevé el pago de lo evadido para evitar la cárcel. Esta reforma "no tiene un fin recaudatorio sino atacar una conducta maliciosa”, aseguró Echegaray. El titular de la AFIP aseguró que tiene "la idea muy firme de que tanto la evasión y el contrabando son delitos que deben tener su castigo ejemplificador" y afirmó que con la iniciativa "se podrá avanzar sobre los grandes evasores". "Estamos avanzando fuertemente en la agenda parlamentaria con una ley que requiere la sociedad toda y que se hagan efectivas las condenas que correspondan; que no sea pagando la deuda que uno se puede sacar de encima el proceso penal", sostuvo el funcionario. Echegaray se mostró confiando en el "pronto tratamiento” de esta iniciativa por parte del Congreso y de su discusión "en universidades, colegios profesionales, y en todos los ámbitos que tienen participación” en el quehacer impositivo. La propuesta anunciada por el Poder Ejecutivo contempla que, si se detecta que hay una maniobra para evadir el pago de impuestos, en el caso de evasión simple la condena va de 2 a 6 años y en el caso de la evasión agravada, las condenas van de 3 años y medio a 9 años de cárcel. Además, la iniciativa adecua el monto tope para la evasión impositiva simple, al incrementarla de los 100.000 pesos actuales a 1.000.000 de pesos. A su vez, eleva el total evadido a 1 millón de pesos que se computará, sumando el importe final de los impuestos evadidos por período, sin ninguna diferenciación entre ellos. El proyecto prevé también la incorporación como figura ilícita penal tributaria a las evasiones concretadas contra el Gobierno porteño y los gobiernos provinciales. En este último caso, la justicia ordinaria actuará en los casos presentados a nivel provincial, mientras que para la órbita del Gobierno nacional seguirá actuando la justicia federal. El proyecto eleva de dos a seis años la pena de prisión en el caso de evasión simple; mientras que serán comprendidos bajo la figura de evasión agravada "los que falseen declaraciones o mientan en los montos declarados". Además la reforma busca también ampliar la intervención procesal de la AFIP para casos de mayor relevancia, ya que los indicadores de evolución total de las causas demuestran que cuando participa el organismo fiscal -como querellante- se obtiene una exponencial mejora en los índices de condenabilidad. Otro delito que se incorpora es la adulteración de controladores fiscales y cualquier otro sistema homologado o suministrado por el fisco. Con relación al aprovechamiento indebido de subsidios, la normativa vigente sanciona a quienes utilicen reintegros, recuperos o devoluciones otorgadas por el Gobierno Nacional. También se elevaron los montos en la falta de ingreso de las retenciones tributarias y de los aportes previsionales (de 10.000 a 20.000 pesos por mes); y de la evasión previsional simple (de 20.000 a 50.000 pesos), manteniéndose como agravante para esta última sólo la utilización de testaferros. Fuente: Télam.