Jueves 5 de Mayo de 2005, 11:46

EL GRAN CAPITÁN: CORRIENTES SALIÓ EN SU APOYO

| El Senado de la Provincia de Corrientes cuestionó el llamado a licitación de El Gran Capitán, por considerar que el ramal ya fue concesionado. Advirtieron que la actitud del gobierno de la Nación es de avasallamiento al poder federativo de las provincias.


Por iniciativa del Senador Jorge Antonio Abib; la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Corrientes ha resuelto ayer que el Poder Ejecutivo de esa provincia procure la derogación de la Resolución Nº 217/2005, emanada del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, por la que se aprueba el pliego de bases y condiciones del llamado a licitación pública nacional e internacional, para la concesión de la explotación de servicio de transporte interurbano de pasajeros, de encomiendas, automóviles y paquetería, y servicio de correo; línea que une la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Posadas, provincia de Misiones y pertenecía a ex Ferrocarril Urquiza. Los puntos en que basaron esta decisión se pueden resumir en que, el ramal en cuestión fue reactivado por la provincia de Corrientes en uso de facultades otorgadas por el convenio Nación-Provincia suscripto el 29/03/1995; ratificado por la legislatura provincial y por el Poder Ejecutivo Nacional. En consecuencia, el gobernador otorgó mediante el Decreto Provincial 1066/2003, la concesión a la empresa Trenes Especiales Argentinos S.A. No menor dato es que, ello se formalizó ante también el Decreto Nacional 1168/92; lo que implica que la provincia y su concesionario tienen un derecho plenamente adquirido. Esta resolución 217/2005 que pretenden se derogue, implica para la Cámara de Senadores de Corrientes, “una desautorización hacia la decisión adoptada por el gobierno provincial y un avasallamiento al Poder Federativo de las Provincias”. Cabe mencionar que la adjudicación de la concesión se llevó a cabo conforme a los procedimientos administrativos establecidos; y la empresa subcontratista prestó servicios por más de un año y medio con autorización expresa de la autoridad de aplicación Nacional.