Miércoles 3 de Junio de 2020, 07:45

Ingreso Familiar de Emergencia confirman fechas de pago

Política y Economía | Después de confirmar un segundo pago del bono de emergencia, se dieron a conocer las primeras fechas de cobro.

El próximo lunes comenzarán a cobrar el segundo bono del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), tal como ocurrió con el primero, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), quienes recibirán ese beneficio y los $ 10 mil el mismo día.

El cronograma para ellos es el siguiente:

-Lunes 8 de junio: DNI terminado 0

-Martes 9: 1

-Miércoles 10: 2

-Jueves 11: 3

-Viernes 12: 4

-Martes 16: 5

-Miércoles 17: 6

-Jueves 18: 7

-Viernes 19: 8

-Lunes 22: 9

A partir del 23 de junio y hasta el 6 de julio cobrarán quienes puedan informar una Clave Bancaria Uniforme para poder recibir el pago en una cuenta bancaria. También se sumará en esta etapa a quienes tienen CBU pero habían elegido otro medio de pago.

Y después de esa fecha se comenzará a pagar a aquellos beneficiarios no bancarizados (aunque desde ANSeS se anunció que podrán recibir también un CBU para quedar incluidos en el sistema bancario).

Un detalle importante es que el universo de quienes recibirán el IFE de mayo es el mismo que el de abril, por lo que no es necesario volver a inscribirse. Tampoco se ampliará, ya que se mantendrán los 8,3 millones de beneficiarios que se definieron para el primer pago.

Un informe de Jefatura de Gabinete y del Ministerio de Economía detalla que la primera tanda del IFE "ha logrado evitar que entre 2,7 y 4,5 millones de personas caigan transitoriamente en la pobreza".

Como el IFE llega al 89% del decil más pobre de la población, se calcula que el pago de la primera tanda del bono evitó que la pobreza aumentara entre 5 y 6 puntos, y que la indigencia trepara entre 4 y 7 puntos porcentuales.

El IFE está destinado a trabajadores informales, personal de servicio doméstico, monotributistas sociales y de las categorías A y B (las más bajas).

Para obtenerlo, los requisitos son: ser argentino nativo o naturalizado y residente -con una residencia legal en el país no inferior a 2 años- y tener entre 18 y 65 años de edad.

El titular o su grupo familiar no deben tener ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado; ni tener una prestación de desempleo o jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales. Sí es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.