La medida cautelar dictada por el juez de primera instancia, que comprende los casos de unas 100.000 familias, tendrá vigencia hasta que se expida la Unidad de Reestructuración creada por Ley 26.177 para el análisis y reformulación de la totalidad de esos mutuos.
La resolución de Converset fue tomada ante una medida de amparo solicitada por la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar (Adevifra), debido a que citada unidad aún no formuló propuestas de reestructuración de los mutuos pactados entre los adjudicatarios y el ex Banco Hipotecario Nacional.
El artículo 2 de la Ley Nº 22.262, invocado por Adevifra, prevé que “en tanto la Unidad de Reestructuración no se expida con respecto a lo establecido en la Ley Nº 26.177, no podrán ejecutarse los mutuos hipotecarios involucrados y la demora no devengará intereses compensatorios ni punitorios ni gastos a cargo del deudor”.