Miércoles 8 de Julio de 2015, 10:47

La Corte Suprema avaló la muerte digna

| La Corte Suprema, con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, garantizó este martes que se respete la voluntad de una persona para que se suspendan las medidas que desde hace más de 20 años prolongan artificialmente su vida.

La Corte Suprema, con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, garantizó este martes que se respete la voluntad de una persona para que se suspendan las medidas que desde hace más de 20 años prolongan artificialmente su vida. El máximo tribunal, al confirmar la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, debió expedirse respecto de la situación del paciente M.A.D. que, como consecuencia de un accidente automovilístico, se encuentra postrado desde 1995, con una grave secuela con desconexión entre ambos cerebros, destrucción del lóbulo frontal y severas lesiones en los lóbulos temporales y occipitales. El paciente desde hace más de 20 años no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula ante estímulos verbales y tampoco responde ante estímulos visuales. Además, carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad de elaborar una comunicación, comprensión o expresión a través de lenguaje alguno y no presenta evidencia de actividad cognitiva residual. Dado su estado, necesita atención permanente para satisfacer sus necesidades básicas y es alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado. Uno de los aspectos fundamentales del fallo es que se resalta la declaración de las hermanas del paciente quienes dijeron que antes del accidente, el hombre les había comunicado como debían proceder ante ese hipotético caso. La Corte remarcó la importancia de que, al hacer efectiva la voluntad de M.A.D. "se adopten todos los recaudos necesarios para el adecuado control y alivio de un eventual sufrimiento del paciente". De esta forma, la Corte confirmó la decisión tomada por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Neuquén, ante la demanda promovida por las hermanas del paciente. Según el expediente, como consecuencia de un accidente automovilístico, el hombre se encuentra postrado desde 1995. Desde hace 20 años "no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula ante estímulos verbales o visuales" y "carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad para elaborar una comunicación, comprensión o expresión a través de lenguaje alguno". "Necesita atención permanente para satisfacer sus necesidades básica y es alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado", consigna el expediente. Antes de resolver, la corte encomendó estudios a la Fundación Favaloro, los que corroboraron el carácter "irreversible" e "incurable" del paciente. Un dato que la corte tomó en consideración como clave es que las hermanas manifestaron, bajo declaración jurada, que la voluntad del paciente era suspender las medidas artificiales que lo mantienen vivo. "Es indiscutible que M.A.D. es una persona en sentido pleno, que sus derechos fundamentales deben ser protegidos sin discriminación alguna y que, por ello, goza del derecho a la plena autodeterminación de decidir tanto de recibir necesarias prestaciones como también cesar su tratamiento médico", sostuvo la Corte. "A ningún otro poder del Estado, institución o persona distinta de M.A.D. le corresponde decidir si su vida, tal como hoy transcurre, merece ser vivida", agregó el tribunal Con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Juan Carlos Maqueda, la Corte aclaró que no se trata de un caso de eutanasia. "En los casos de la eutanasia hay que actuar para interrumpir la vida, en el resulto por la Corte hay 'abstención terapéutica", explicaron desde el tribunal. Las fuentes advirtieron que el de M.A.D., con sus característica, es "un caso único" en la jurisprudencia nacional y con un solo antecedente a nivel mundial correspondiente al expediente "Lambert vs. Francia". La corte coincidió con la Procuración y confirmó la sentencia.