Miércoles 27 de Mayo de 2009, 20:34

La Corte Suprema ordenó reabrir la investigación por el

| La medida permitirá continuar con la pesquisa acerca de la "conexión local" en el ataque perpetrado contra la mutual judía. "La frustración de todo el proceso no puede ser la respuesta de la justicia al reclamo de las victimas", advirtió el máximo tribunal.

La Corte Suprema de Justicia dispuso este miércoles que el ex mecánico Carlos Telleldín sea juzgado otra vez por el atentado a la AMIA y ordenó reanudar la pesquisa sobre su entorno, al anular un fallo que lo absolvió y declarar válida parte de la causa original. El atentado del 18 de julio de 1994 en la sede de la AMIA en Pasteur 633 causó 85 muertos y centenares de heridos. El fallo del máximo tribunal fue firmado por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, con la disidencia de Carmen Argibay y Enrique Petracchi, quienes votaron por confirmar lo resuelto en Casación. En su decisión, el máximo tribunal del país dejó firme por otra parte la absolución de ex policías bonaerenses por ese ataque, aunque podrían volver a ser jugados por delitos comunes. "La extrema gravedad de los hechos así como su repercusión y desgraciadas consecuencias, imponen el mayor de los esfuerzos en la recolección de evidencias en pos de arribar a la verdad material", consideró la Corte en el fallo de un centenar de carillas al que accedió Télam. Los ministros ordenaron que la causa vuelva a la Cámara de Casación penal, para que se dicte un nuevo fallo de acuerdo a lo dispuesto sobre la persona de Telleldín. "Hay una suerte de orfandad argumental en cuanto a la situación del imputado Telleldín, cuyo tratamiento se diferencia de modo evidente respecto de otros tramos de la sentencia acabadamente fundados", explicó el máximo tribunal. En la sentencia dictada por la sala II de Casación y ahora anulada en lo referido a Telleldín "no se explica cómo la parcialidad del juez respecto de los ex policías afectó la situación procesal" del ex detenido. El tribunal entendió que tanto en el juicio oral como en Casación se "descartaron con ligereza parte de las pruebas acumuladas en el legajo, sin que a su respecto se hubiera comprobado violación de garantía constitucional alguna". "Máxime si se tiene en cuenta la magnitud del delito investigado en la que ha sido llamada la causa más compleja de la historia judicial del país con 85 muertos y 120 lesionados", agregó. "Se requiere ser muy cauto y no incurrir en el facilismo de extender los efectos de actos claramente faltos de neutralidad a otros en los que no se evaluó tal condición", sostuvo el fallo al declarar "legítimo" lo hecho durante el inicio de la pesquisa. En concreto, la Corte dispuso que todo lo investigado hasta el 31 de octubre de 1995 en la causa madre a cargo entonces del ahora destituido ex juez Juan José Galeano es válido y debe ser profundizado. Ese día, Galeano abrió un legajo en la pesquisa al que llamó "Brigadas" y donde se involucró a policías bonaerenses como Juan José Ribelli en el ataque, a partir de una declaración indagatoria de Telleldín por la que se pagaron 400 mil dólares de manera ilegal. Al absolver a los acusados de integrar la supuesta "conexión local", el Tribunal Oral Federal 3 anuló incluso lo hecho antes de ese día, por entender que todo estaba afectado por este acto ilegal y por la falta de imparcialidad del juez cuestionado. Esta decisión fue confirmada por la sala II de la Cámara Nacional de Casación, máximo tribunal penal del país. Esto es lo que la Corte revocó hoy por considerar que "si bien se señalaron con precisión los hechos que pudieron provocar duda en cuanto a la imparcialidad del magistrado en la instrucción de la causa Brigadas -y por ello nada cabe discutir a su respecto-, no se citan hechos concretos para anular lo investigado con anterioridad". De esta forma, no quedó firme la absolución del ahora abogado Telleldín y deberá volver a definirse su situación procesal, así como ampliarse la pesquisa sobre otras pruebas generadas en torno a su persona durante poco más de un año desde el 18 de julio de 1994, fecha del ataque terrorista. Se trata de líneas de investigación vinculadas al entorno de Telleldín y al recorrido que siguió la camioneta usada como cochebomba en el atentado. La decisión de anular la causa desde casi el principio de la pesquisa tomada por el Tribunal Oral omitió "considerar de ese modo la variada prueba no sólo relacionada" con Telleldín "sino con otros extremos de importancia que se derivaban a partir de su intervención", sostuvo la Corte. Casación tendrá ahora que resolver si dispone un nuevo juicio o envía la causa a la Justicia de instrucción para ampliar las probanzas. En este caso, todo recaería en el juzgado de Rodolfo Canicoba Corral, quien debería redactar una nueva elevación a juicio oral. Fuente: Télam.