Sábado 7 de Octubre de 2006, 13:20

La Justicia rechazó la acción de amparo interpuesta por

| El Tribunal de la Sala I de la Cámara del Crimen rechazó la acción de amparo interpuesta contra el Estado provincial por el apoderado de la Unión Cívica Radical, Alejandro Carbó, quien solicitó la declaración de inconstitucionalidad de los decretos N° 5056 y 5057, rubricados por el Poder Ejecutivo, vinculados con la convocatoria a elecciones.

Los jueces Juan María Ascúa, Felipe Celli y Hugo Perotti consideraron que no se incurrió en “yerro interpretativo al fijar el 18 de marzo como fecha del acto eleccionario, si se repara en la ausencia de un texto ordenado de la normativa”. Cabe recordar que la presentación realizada por el apoderado de la UCR se basa en considerar que los decretos firmados por el Ejecutivo entrerriano son de “nulidad absoluta por violar de manera expresa la Ley Electoral N° 2988 y sus modificatorias al expresar que la elecciones se realizarán el 18 de marzo de 2007, contrariando el artículo 94 que indica que deben celebrarse el 4 de marzo”. En los considerando del fallo, los magistrados, hacen referencia a “la incongruencia de la presentación de esta heroica acción con la paralización de la acción de inconstitucionalidad intentada, que desde el 21 de junio del corriente año se encuentra paralizada, sin que se hubiere corrido traslado al Estado provincial ni aparezca el actor instando la acción”. En el párrafo siguiente, expresan que “iguales consideraciones cabrían respecto de las pretensiones actorales en relación al decreto N° 5056 que fija el 18 de marzo de 2007 para que tenga lugar el acto eleccionario para elegir a gobernador, vicegobernador, diputados y senadores provinciales, autoridades municipales y juntas de fomento”. Fuente: Análisis Digital.