Lunes 16 de Enero de 2006, 13:13

Moratoria permite jubilarse a los que nunca hicieron aportes

| Distintas medidas implementadas por el gobierno permiten ahora que los que no hayan realizado aportes puedan gozar de una jubilación. Lo novedoso de este sistema es que luego de realizar el primer pago ya se está en condiciones de comenzar a cobrar su jubilación, garantizándose también el acceso a otros derechos como la obra social.

El artículo 6 de la ley 25.994- las personas que antes del 31 de diciembre de 2004 hayan alcanzado la edad para jubilarse (60 años las mujeres y 65 los varones) pero que no reúnan los 30 años de aportes exigidos por ley -incluso que nunca hayan realizado ningún pago- tienen la posibilidad de adherir a una moratoria que les permite ponerse al día con el fisco. Ese plan de pagos es altamente flexible: la deuda no se calcula a valores actuales sino históricos -a septiembre de 1993- y puede saldarse en hasta 60 cuotas. La moratoria vence en enero de 2007- quienes no puedan acogerse (por ejemplo, porque hayan cumplido la edad después del 1 de enero de 2005) tienen una luz de esperanza dado que el 7 de diciembre el gobierno publicó el decreto 1454, que prolonga sin restricciones temporales algunos aspectos del régimen vigente. Este decreto todavía no está en vigencia, por lo que los trámites aún no pueden iniciarse, pero la AFIP dice que será reglamentado "a más tardar en febrero" por lo que a fines de ese mes o principios de marzo comenzaría a aplicarse.