Viernes 30 de Marzo de 2012, 10:20

Oficializan la suba de aportes para autónomos

| La AFIP reglamentó aumentos de cerca de 18% en los aportes mensuales que deberán pagar los contribuyentes autónomos a partir de abril. Ahora, la categoría más baja abonará $313 y las más alta $1.377.

A través de la Resolución General 3305/12, publicada en el Boletín Oficial, se plasmó el primer incremento del año. El próximo sería en septiembre. El sistema se modifica en paralelo a las variaciones de los haberes jubilatorios que de acuerdo con la Ley de Movilidad Jubilatoria se determinan por una fórmula que toma en cuenta el aumento de la recaudación y de los salarios. La mayoría de los trabajadores que están incluidos en este régimen están ubicados en la segunda categoría que a partir del mes que viene pagará $ 438, desde los $ 371 que abonaron hasta marzo. [b]El nuevo esquema:[/b] [u]Categoría I[/u] (Aporte mensual de $ 312,96): Son las personas físicas que ejerzan profesiones u oficios, y productores de seguros con ingresos anuales hasta $ 20.000. También comerciantes con ingresos de hasta $ 25.000 por año. Y aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (como religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección). [u]Categoría II[/u] ($ 438,13): Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios, y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $ 20.000. Además, comerciantes que superen los $ 25.000 anuales. [u]Categoría III[/u] ( $ 625,90): Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos por año inferiores o iguales a $ 15.000. [u]Categoría IV[/u] ($ 1.001,45): Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $ 15.001 y $ 30.000, inclusive. [u]Categoría V[/u] ($ 1.376,98): Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los $ 30.000. Fuente: Ámbito Financiero.