Miércoles 10 de Mayo de 2006, 22:31

SE CASTIGARÁ EL ACOSO SEXUAL CON CUATRO AÑOS DE CARCEL

| El Senado aprobó hoy y giró a la Cámara de Diputados un proyecto que incorpora al Código Penal la figura de acoso sexual como delito que será castigado con hasta cuatro años de cárcel.

El proyecto, que cosechó 46 votos a favor y uno en contra, prevé una pena de cuatro meses a cuatro años de prisión para quien, abusando de una relación de superioridad jerárquica, laboral o docente, reclama favores sexuales para sí o para un tercero. La víctima deberá probar, no obstante, que el acusado pidió un favor sexual bajo la amenaza de causar a la víctima un daño en el ámbito de esa relación. La propuesta busca reducir la alta tasa de acoso sexual que se registra en Argentina, según se desprende de un informe que realizó en 1996 la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Según la encuesta, el 16,6 por ciento de las mujeres argentinas padecieron incidentes de carácter sexual en el trabajo. Los medios de coerción del acosador podrían ser, por ejemplo, amenazas de despido, traslado, modificaciones perjudiciales de las condiciones laborales, como así también la concreción de las amenazas. En los fundamentos, la iniciativa aclara que "no invisten el carácter de acoso los intentos de seducción que no se acompañen de ninguna forma de coerción, aún cuando resulten rechazados". La propuesta fue elaborada por el ex juez de la Corte Suprema de Justicia Gustavo Bossert, y por quien fue ministro de Justicia del gobierno de la Alianza, Ricardo Gil Lavedra. Luego, el proyecto fue presentado en la Cámara Alta por la ex senadora y actual diputada kirchnerista Diana Conti. Durante el debate, la legisladora Vilma Ibarra, titular de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, explicó que "las grandes víctimas del acoso sexual son las mujeres". También Ibarra destacó que el delito tiene dos grandes aliados: la vergüenza y la necesidad económica de las perjudicadas. Por su parte, el socialista Rubén Giustiniani resaltó que el proyecto "crea una medida disuasoria a un problema que existe pero que es silenciado por la falta de una norma que proteja a las víctimas". Giustiniani, el misionero Maurice Closs y el formoseño Luis Naidenoff fueron los únicos representantes masculinos que hablaron en el recinto, durante un debate dominado ampliamente por la rama femenina del Senado. "La cultura machista todavía esta instalada en nuestra sociedad", se quejó la justicialista Silvia Gallego, quien además denunció que durante el debate del proyecto en la Comisión los hombres "lo tomaron con humor". Actualmente, el Código Penal no contempla en su articulado la figura de acoso sexual, y en cambio sólo prevé penas para el caso de abuso sexual. A diferencia de este último -cuando se efectúan actos corporales o tocamientos de naturaleza sexual-, el acoso se consuma con la sola amenaza del autor, con independencia de que la víctima acceda o no al requerimiento que se le formula. La Argentina, al ratificar la Convención Interamericana de Belem do Pará, asumió ante la comunidad internacional la obligación de dictar leyes y adoptar políticas de combate contra el acoso sexual.