Martes 27 de Febrero de 2007, 10:44

Suben el piso para declarar el impuesto a las ganancias

| El Gobierno subió el piso para el pago del impuesto a las ganancias de 40 mil a 72 mil pesos de ingresos brutos anuales, motivo por el cual se incrementará la cantidad de trabajadores que quedarán exentos de la presentación jurada para pagar ese gravamen.

La decisión es una suerte de respuesta a una larga demanda iniciada por los gremios más fuertes, encabezada por el titular de la CGT, Hugo Moyano. El hecho de que la medida fuera dada a conocer en el marco de las paritarias iniciadas para resolver el porcentaje de aumentos salariales, habla de una señal del gobierno para moderar las demandas gremiales. Es más, la decisión podría ser el paso previo a la modificación del mínimo no imponible, pautado en 102.300 pesos, para pagar el impuesto a los bienes personales. Así lo dispusieron las resoluciones 2218/07 y 2219/07 publicadas en el Boletín Oficial que, además, estableció una nueva forma para liquidar Ganancias y Bienes personales y definen los sujetos que deberán tributarlos de forma obligatoria. Antes de esta modificación, los trabajadores en relación de dependencia debían presentar su información patrimonial para el pago de ese impuesto a las ganancias siempre y cuando tuvieran ingresos superiores a 40 mil pesos. Para Guillermo Fernández, secretario del Consejo Económico porteño, la resolución tiene un carácter meramente administrativo "que sólo exime al empleador que cobra menos de 72 mil pesos de presentar una declaración a su empleador, no así del pago del impuesto". Eso sí, aclaró, la posibilidad abre la puerta a que los trabajadores que no declaren esas ganancias queden a un tris de evadir el pago de ese gravamen. Las opiniones sobre el nuevo piso son dispares, por ejemplo, para el abogado tributarista Eduardo Wannesson, el piso fijado en 72 mil pesos de ingresos brutos anuales "es muy bajo" y debiera ser "más o menos, de un 40 por ciento más". Una de las razones para sostener que ese número es "insuficiente" tuvo que ver con que, en su interpretación, "esa cifra supone que el contribuyente tiene una propiedad de 102 mil pesos", valor fijado como el mínimo no imponible para el pago de bienes personales. Funte: NA.