Miércoles 28 de Agosto, 00:12

Constantino sufrió nuevo revés judicial

Judiciales | La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos ha rechazado un recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Fabián Constantino, ex Intendente de Gilbert, confirmando así su condena a 14 años y medio de prisión por abuso sexual.


Este fallo, emitido el 27 de agosto, impide que el caso sea revisado por la Corte Suprema de Justicia y ratifica la sentencia que el ex funcionario ya está cumpliendo bajo arresto domiciliario. Con esta decisión, se prevé su traslado a una unidad penal.

Constantino fue condenado en marzo de 2023 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú tras ser acusado por tres mujeres de la localidad de Gilbert de delitos contra la integridad sexual.

La sentencia fue confirmada en agosto del mismo año por la Cámara de Casación Penal de Concordia.

Los abogados defensores de Constantino, Mario Arcusin y Fabián Otarán, apelaron al STJ argumentando que la Cámara de Casación había cometido arbitrariedad al evaluar de manera superficial las pruebas presentadas, y no haber realizado un análisis exhaustivo. 

Asimismo, cuestionaron la validez de las pruebas, señalando que no se había demostrado el acceso carnal, uno de los elementos clave en la acusación.

También pusieron en duda el trabajo de la perito Marina Simón. A pesar de estos argumentos, la Sala Penal del STJ, integrada por los Jueces Claudia Mizawak, Daniel Carubia y Gisela Schumacher, resolvió rechazar el recurso federal.

En su voto, Mizawak argumentó que el recurso era inadmisible debido a que la defensa no presentó una "cuestión federal" significativa que justificara la intervención de la Corte Suprema.

Señaló que los argumentos de la defensa eran reiteraciones de reclamos ya presentados en instancias anteriores y que no demostraban una violación de derechos constitucionales.

El fallo del STJ enfatiza que la invocación genérica de derechos constitucionales no es suficiente para elevar un caso a la Corte Suprema, especialmente cuando la decisión cuestionada se basa en la interpretación de normas de derecho común y procesal.

Mizawak también destacó que, en este caso, las objeciones planteadas por la defensa se referían principalmente a la valoración de pruebas, lo cual es competencia de las instancias inferiores y no del recurso extraordinario.

Con esta resolución, se cierra la posibilidad de que la defensa de Constantino recurra a la Corte Suprema, lo que reafirma la sentencia original y subraya la firmeza del sistema judicial en la protección de las víctimas de delitos sexuales.

Constantino, que hasta ahora ha cumplido su condena en arresto domiciliario, deberá ser trasladado a una unidad penal para cumplir el resto de su sentencia.