Jueves 22 de Agosto, 12:10

Dictan la conciliación obligatoria en el conflicto docente

Judiciales | La conciliación rige por 20 días hábiles, durante los cuales los gremios deberán suspender las medidas de fuerza.


En medio del creciente conflicto docente en Entre Ríos, la titular del Juzgado Laboral N°4, María Alejandra Abud, dictó la conciliación obligatoria, una medida que busca frenar las medidas de fuerza y abrir un espacio para la negociación entre las partes.

La Resolución, que entra en vigencia este viernes, establece la suspensión del paro docente y de cualquier otra acción de protesta por un período de 20 días hábiles.

La decisión judicial afecta directamente a los gremios AGMER, AMET y SADOP, que habían convocado a un paro de 48 horas para el jueves 22 y viernes 23 de agosto, y un paro de 72 horas para la semana siguiente.

Con esta medida, las huelgas y movilizaciones previstas quedan suspendidas hasta nuevo aviso.

Según la Resolución emitida desde Tribunales, se dispuso la "Conciliación Obligatoria prevista en el art. 16 de la Ley Nº 9.624, por el término de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente". 

Esto implica que durante ese lapso, los gremios no podrán realizar ninguna acción directa en relación al conflicto, incluyendo los paros programados y las movilizaciones.

Además, la Juez Abud fijó una audiencia conciliatoria entre el Consejo de Educación de la provincia y los gremios docentes AGMER, AMET y SADOP para el próximo 27 de agosto a las 09:30 horas.

Esta instancia busca que las partes dialoguen y lleguen a un acuerdo que ponga fin a la tensión actual.

La medida judicial ha generado diversas reacciones entre los gremios docentes, quienes venían manifestando su descontento con la propuesta salarial del gobierno provincial. 

Ahora, con la intervención de la justicia, deberán suspender sus acciones y esperar los resultados de la audiencia convocada para finales de agosto.

En el contexto de la conciliación obligatoria, las expectativas están puestas en la capacidad de las partes para llegar a un entendimiento que permita garantizar tanto las condiciones laborales y salariales de los docentes como la continuidad del ciclo lectivo sin más interrupciones.